Condiciones Generales de Contratación del Préstamo

Por favor, tenga en cuenta que el producto que va a contratar es un PRODUCTO FINANCIERO que en caso de impago puede ocasionar costes adicionales que encontrará descritos a continuación. Lea atentamente el contrato de préstamo antes de su aprobación.

El presente documento tiene por objeto regular los Términos y Condiciones que han de regir el contrato de Préstamo personal así como las consecuencias de su incumplimiento, suscrito entre el cliente persona física (en adelante el «Prestatario») e IDFinance Spain, S.A.U. (en lo sucesivo, indistintamente, “Moneyman” o “Prestamista”), al que resultarán de aplicación las Condiciones Particulares y Generales que se detallan a continuación (en adelante, respectivamente, las «Condiciones Particulares» y las «Condiciones Generales», y, conjuntamente, junto con la información facilitada por el Cliente en la solicitud del préstamo online, el «Contrato»), las cuales son aceptadas expresamente por el Cliente previa su contratación.

Condiciones Generales de Contratación del Préstamo

  1. Artículo.- Términos y definiciones

    En las presentes Condiciones Generales, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye a continuación:

    1. Préstamo: contrato personal de préstamo regido por las siguientes Condiciones Generales, mediante el que el Prestamista concede un préstamo personal al Prestatario mediante el Sistema Remoto.El Préstamo se regirá por las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como demás normativa general de aplicación.
    2. Prestamista: la sociedad IDFinance Spain S.A.U. sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Barcelona, Calle Tuset 5, 3º 08006 y Número de Identificación Fiscal (NIF) A66487190, constituida en escritura pública de fecha 01 de abril de 2015 otorgada ante el Notario de Barcelona Juan Fco. Boisán Benito con el nº 163 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al tomo 44735 folio 0029, sección General, hoja 464824, Inscripción 3ª.
    3. Solicitante de Préstamo: la persona física, que en el momento de solicitar el préstamo es mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar, con residencia permanente en España, que efectúa una Solicitud de Préstamo a título personal. En ningún caso, el Prestamista discriminará a ningún solicitante por razón de raza, nacionalidad, género o edad.
    4. Solicitud de Préstamo: la declaración de intención llevada a cabo por el Prestatario a través del Servicio a Distancia/Remoto, de solicitar un Préstamo de conformidad con estas Condiciones Generales y las correspondientes Condiciones Particulares.
    5. Prestatario: el Solicitante de Préstamo una vez que el Prestamista ha aceptado su solicitud de Préstamo.
    6. Decisión del Préstamo: la decisión definitiva sobre el otorgamiento o denegación del Préstamo por parte del Prestamista de acuerdo con las Condiciones Generales.
    7. Parte: el Solicitante del Préstamo, el Prestamista o el Prestatario, de forma individual y, “Partes”, son conjuntamente cada Parte.
    8. Condiciones Generales: las presentes condiciones generales del Préstamo.
    9. Condiciones Particulares: las condiciones particulares del Préstamo que serán puestas a disposición del Solicitante de Préstamo de forma previa a la Solicitud de Préstamo.
    10. Servicio a Distancia/ Remoto: técnicas de comunicación, a través de redes telemáticas, para que el Prestatario pueda llevar a cabo la Solicitud de Préstamo y el Prestamista la Decisión del Préstamo. A los efectos de la contratación a distancia, se entenderá la contratación realizada a través de la Página Web o cualesquiera otros medios que el Prestamista ponga a disposición del Solicitante de Préstamo.
    11. Página Web: la página web interfaz del Prestamista (www.moneyman.es).
    12. Datos Personales: cualquier información relativa al Solicitante de Préstamo o Prestatario, que le identifique o pueda identificarle.
    13. Consentimiento del Solicitante del Préstamo: la manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el Solicitante del Préstamo o Prestatario consiente el Tratamiento de Datos Personales que le conciernen por parte del Prestamista.
    14. Tratamiento de Datos Personales: las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permiten la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de Datos Personales necesarias para la gestión del Préstamo y los servicios complementarios ofrecidos por el Prestamista.
    15. Modelo Normalizado: el formato normalizado previsto en los artículos 10 y 12 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, aplicable y preceptivo a todos los Préstamos. Dicha información se pondrá a disposición del usuario en cualquier relación contractual.
  2. Artículo.- Objetivo e información pre-contractual

    1. El objeto de las Condiciones Generales es regular las condiciones del Préstamo, así como las consecuencias del incumplimiento.
    2. Las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, la información detallada en los artículos 7 y 8 de la Ley 22/2007, de 11 de julio, de Comercialización a Distancia de Servicios Financieros Destinados a los Consumidores, así como la prevista en los artículos 10 y 12 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, según el caso, en el Modelo Normalizado, serán puestas a disposición del Prestatario con antelación suficiente y, en todo caso, con anterioridad a la Solicitud de Préstamo. El Prestamista mediante el presente documento declara expresamente que se le han proporcionado las Condiciones Generales previamente a la firma de cualquier contrato y con tiempo suficiente para leer y entender su contenido.
    3. El Prestamista declara y garantiza que toda la información le ha sido proporcionada antes de aceptar los términos contractuales relativos al Préstamo y que dicha información y términos contractuales le han sido facilitados de forma escrita en soporte de papel o en otro soporte duradero disponible y accesible. El Prestatario se reserva el derecho a solicitar una copia de las Condiciones Generales que el Prestamista le hará llegar por medio de correo electrónico u ordinario.
    4. Respecto a los préstamos por importe igual o superior a doscientos (200) euros (€) el Prestatario se obliga a evaluar individualmente si el citado préstamo es adecuado a las necesidades y a la situación financiera del Solicitante del Préstamo y a informarle del resultado de dicha evaluación de forma escrita en soporte de papel o en otro soporte duradero y accesible al Solicitante del Préstamo si éste así lo solicita, sin perjuicio de la información y asesoramiento financiero ofrecidos de forma gratuita a través de la página web del Prestatario.
  3. Artículo.- Aplicación y oposición a las Condiciones Generales y a las Condiciones Particulares

    Las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares resultan de aplicación a las Partes en relación con el Préstamo. La emisión de la Solicitud de Préstamo conlleva por parte del Prestatario la completa adhesión a las Condiciones Generales y las Condiciones Particulares, y todo ello sujeto a la Decisión de Préstamo.

  4. Artículo.- Contratación a Distancia

    El contrato de Préstamo se celebrará a distancia, quedando constancia de la oferta y aceptación y, por tanto, de la perfección del contrato mediante cualquier instrumento que permita al Solicitante del Préstamo almacenar la información que se le dirija, con objeto de que pueda recuperarla fácilmente durante un período de tiempo adecuado para los fines para los que se destina la información y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada.

  5. Artículo.- Tipo Deudor (TIN)

    1. El Tipo Deudor o TIN es el tipo de interés aplicado por el Prestamista, expresado como porcentaje fijo, con carácter anual al importe del crédito utilizado.
    2. La modalidad del tipo de interés nominal anual (TIN) aplicable es fijo, calculado de forma anual y en base al principal del préstamo y el plazo de reembolso acordado.Para el cálculo del tipo de interés nominal anual o tipo deudor, el Prestamista aplica un tipo de interés diario que compensa el coste y riesgo del producto y la rentabilidad mínima establecida por el Prestamista multiplicado por 365 días. La cuantía obtenida es expresada en porcentaje fijo aplicado con carácter anual al importe del crédito utilizado.El tipo deudor se calcula a partir del número de días reales en un mes natural y un año de 365 días.

      TIN = PercentPerDay*365

    3. l Tipo de Interés Nominal aplicable estará visible en todo momento en el Área de usuario del Cliente del Sitio Web y de la Aplicación móvil de Moneyman.
  6. Artículo.- Tasa Anual Equivalente (TAE)

    1. Se entiende por Tasa Anual Equivalente (TAE) al coste total del Préstamo, expresado en un porcentaje anual sobre la cuantía de la financiación concedida. La TAE representa el coste total del Préstamo, incluyendo intereses y otros gastos, expresado como un porcentaje anual.
    2. El cálculo de la Tasa Anual Equivalente comprende el Tipo de Interés Nominal, así como las comisiones y gastos aplicables y está realizado de acuerdo con la fórmula contenida en el Anexo I de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo, teniendo en cuenta:
      1. el tipo deudor aplicable;
      2. el importe del Préstamo solicitado;
      3. el plazo de reembolso acordado;
      4. todos los gastos, comisiones e intereses conocidos por el Prestamista que debe pagar el Cliente en el momento de formalización del Contrato de Préstamo según el plazo de pago que haya elegido;
      5. que el Préstamo se mantiene vigente durante el plazo pactado;
      6. que se cumplen las obligaciones de pago, no incluyéndose penalizaciones e indemnizaciones.
      7. los intervalos de tiempo entre las fechas utilizadas en los cálculos se expresarán en años o fracciones de año, teniendo en cuenta que un año será igual a 365 días.
    3. La ecuación de base, que define la tasa anual equivalente (TAE), es la siguiente:

      TAE=(1+i/n)^n-1

      Donde:

      • i es el Tipo de Interés Nominal aplicado (TIN)
      • n es la frecuencia de los pagos

      Por ejemplo, para un préstamo solicitado de 400 euros a devolver en 30 días en una única cuota, la TIN aplicable será de 475,20%, traducido a un TIN mensual de 39.60% y la TAE aplicable será de 5378.04%, lo que suponer una única cuota y cuantía total a devolver de 558.40 euros.

      TAE=(1+0.396/12)^12-1 = 5378.04%

  7. Artículo.- Solicitud del Préstamo

    1. El Solicitante de Préstamo cursará una Solicitud de Préstamo al Prestamista a través del Servicio a Distancia/Remoto proporcionando la siguiente información en el orden descrito a continuación:
      • Nombre y apellidos.
      • Género.
      • Fecha y lugar de nacimiento.
      • DNI/NIE (con copia escaneada en los casos que proceda).
      • Domicilio/Dirección permanente en España.
      • Importe del Préstamo, en letra y número.
      • Duración; es decir, los días para la devolución del préstamo.
      • Nombre del Banco y cuenta corriente.
      • Correo electrónico.
      • Teléfono fijo y teléfono móvil en los que pueda verificarse el contacto.
    2. El Prestamista se reserva el derecho de reclamar al Solicitante del Préstamo, la documentación relativa a su identificación y solvencia que considere necesaria, justificando siempre su uso y explicando su tratamiento, contemplando en todo momento el compromiso con la confidencialidad de sus datos, que puede en todo caso revisar en nuestra Política de Privacidad.
    3. Para poder realizar una Solicitud de Préstamo, el Solicitante de Préstamo deberá registrarse previamente en la Página Web o APP, aceptando las Condiciones Generales a disposición del Solicitante de Préstamo mediante la marcación de la correspondiente casilla dispuesta al efecto.
    4. La Solicitud de Préstamo, junto con la aceptación de la oferta, implica el perfeccionamiento de la contratación, todo ello sujeto a la Decisión de Préstamo positiva que deberá emitir el Prestamista y comunicar al Prestatario vía e-mail y/o SMS.
  8. Artículo.- Validación del préstamo

    1. Después de que el Prestamista efectúe las comprobaciones pertinentes, el Prestamista remitirá a través del Servicio a Distancia/ Remoto, la Decisión del Préstamo positiva o negativa. La valoración por el Prestamista de la oportunidad de conceder el Préstamo está sujeta al previo estudio de la misma y de la documentación que se acompaña. En el caso en que el Prestamista rechace la Solicitud de Préstamo por motivo de la consulta de ficheros de solvencia económica y de riesgos de crédito, el Prestamista informará de forma gratuita e inmediata al Solicitante de Préstamo acerca de las causas de la denegación de la Solicitud de Préstamo a través del Servicio a Distancia/ Remoto utilizado. Esto no se aplica si la difusión de esa información está prohibida por una ley o por el Derecho de la Unión Europea o es contraria a los objetivos de orden público o de la seguridad pública.El Prestamista dispone de su propio modelo de evaluación de riesgo crediticio y no basa sus decisiones únicamente en consultas a bases de datos de solvencia. El Prestatario puede inquirir las causas a través de la dirección [email protected].
    2. En el supuesto en que la comunicación de la Decisión del Préstamo no se envíe con arreglo a lo previsto en estas Condiciones Generales, se envíe fuera de plazo, o haya un rechazo previo por parte del Solicitante del Préstamo; se considerará que no ha habido Decisión del Préstamo y, por tanto, que no se ha perfeccionado el Préstamo.
    3. Será estrictamente necesario, en todo caso, que el Prestatario facilite al Prestamista su teléfono móvil en el que localizarle de forma efectiva.
    4. – El Prestamista, en el caso que la decisión sobre la Solicitud de la concesión del préstamo sea positiva, pondrá a disposición del Prestatario con la debida antelación y antes de que éste asuma cualquier obligación, a través de correo electrónico, SMS y del Área de Usuario del sitio web o de la aplicación de Moneyman, la Información Normalizada europea sobre crédito al consumo y las Condiciones Particulares y Generales de Contratación. Dichas condiciones ofrecidas serán válidas por un plazo máximo de catorce (14) días naturales desde que fueron enviadas por el Prestamista y, en consecuencia, deberán ser aceptadas dentro de dicho plazo.
  9. Artículo.- Aceptación del préstamo

    1. Para la formalización del Contrato de Línea de Microcrédito, el Cliente deberá aceptar el Contrato. Para realizar dicha aceptación, deberá aceptar la Información Normalizada Europea sobre el Crédito al Consumo, así como aceptar las condiciones Particulares y Generales del Préstamo y, cuando así se haya establecido, el mandato de domiciliación bancaria (mandato SEPA) mediante la marcación de las correspondientes casillas de aceptación del Servicio a Distancia. Estas acciones implicarán para el Cliente el otorgar su consentimiento explícito.
    2. El marcado de la casilla (“Confirmar solicitud”) de aceptación de las Condiciones Particulares y Generales de Contratación significa la aceptación por el Prestatario del Contrato y la declaración expresa de que: (i) ha revisado Información Normalizada Europea con la debida antelación, así como las Condiciones Particulares y Generales de Contratación, publicadas en la Aplicación móvil Moneyman y/o Página Web titularidad del Prestamista o de sus Afiliados (Comparadores de préstamos); (ii) acepta el contenido íntegro de las Condiciones Particulares y Generales; (iii) quiere que el Préstamo sea ingresado en su cuenta bancaria o tarjeta aportada que confirma, mediante la aceptación que le pertenece como titular responsable de la misma.
    3. Completar y remitir la Solicitud de Préstamo supone que el Prestatario garantiza (a) que no se encuentra incurso en procedimientos legales o judiciales que puedan afectar a su solvencia, (b) que toda la información y documentación suministrada al Prestamista es cierta, veraz y actualizada y (c) que el Solicitante asume la condición de Prestatario y se compromete a devolver el préstamo en los términos establecidos por el presente contrato, por él/ella aceptados.
  10. Artículo.- Disponibilidad del Préstamo

    1. Una vez recibida la Decisión del Préstamo positiva por el Prestamista, este efectuará una transferencia por el importe del Préstamo a la cuenta bancaria o a la tarjeta que haya sido facilitada por el Prestatario en la Solicitud de Préstamo, dependiendo de la entidad bancaria dónde el Prestatario tenga abierta su cuenta o tarjeta y debido a motivos de operativa bancaria que en ningún caso serán responsabilidad del Prestamista, el Prestatario puede recibir el importe de los fondos del Préstamo entre 24 y 48 horas.
    2. El Prestamista otorgará el Préstamo en los importes y condiciones que se recogen a continuación:
      1. El importe final del Préstamo dependerá únicamente de las condiciones ofrecidas por el Prestamista y se informará previo consentimiento al Prestatario, en todo caso.
      2. El Prestamista se reserva el derecho de no conceder el Préstamo al Solicitante del Préstamo si vencido el plazo de pago de un Préstamo anterior, este pago no se ha efectuado.
      3. El hecho de que el Solicitante del Préstamo haya realizado la devolución de un Préstamo anterior no garantiza la aceptación de una futura Solicitud de Préstamo.
      4. Si el Prestamista recibe un pago del Préstamo pero no puede identificarlo debido a la ausencia de datos, el pago quedará pendiente de aplicación hasta que el cliente envíe un justificante bancario correctamente identificado (número de cliente o DNI) a [email protected]
      5. El Préstamo se concederá y amortizará en Euros (€).
  11. Artículo.- Pago del préstamo

    1. El Prestamista remitirá al Prestatario la información indicándole el importe de la devolución del Préstamo, así como la cuenta bancaria del Prestamista dónde se deben abonar dichos importes, a través del medio Servicio a Distancia/Remoto utilizado en la contratación del Préstamo.
    2. Con la firma del presente contrato, el Prestatario consiente que las modalidades de pago aceptadas para el correcto procesamiento del pago de las cantidades acordadas serán (1º) mediante transferencia a la cuenta bancaria o de dinero electrónico facilitada por el Prestamista, (2º) mediante pago con tarjeta de débito a través del TPV virtual de terceros Proveedores de Servicios de pago, indicando en todo caso los datos necesarios para la efectiva identificación del Cliente; (3º) mediante adeudo a la Cuenta Corriente de Domiciliación indicada por el Cliente; (4º) mediante cargo en la tarjeta de débito indicada por el Cliente; (5º) pago en efectivo a través del proveedor de servicios ViaCash y (6º) Bizum.
      La modalidad de pago mediante tarjeta de débito a través de TPV virtual, es procesada a través de los servicios de TPV virtual de Paymatico Payment Institution, S.L.U. (Entidad de Pago inscrita en el Registro Especial de Entidades de Pago del Banco de España con el número 6861 y de Unnax Regulatory Services, EDE, SL, (Entidad de Dinero Electrónico registrada con el Banco de España, número de registro de entidad 6719).
      La modalidad de pago mediante el servicio de iniciación de pagos se realiza a través del proveedor UNNAX REGULATORY SERVICES EDE, S.L., (“Unnax”) es una entidad de dinero electrónico autorizada para prestar distintos servicios de pago y de dinero electrónico. Unnax se encuentra debidamente supervisada por el Banco de España e inscrita en el Registro Especial de Entidades con el número 6719.
    3. El Cliente acepta y consiente expresamente que, por razones operativas del Prestamista, los medios de pago indicados en la cláusula anterior puedan ser modificados a lo largo de la vida del contrato. Los métodos de pago disponibles se mostrarán siempre en la sección de pago del Área de Usuario de la Aplicación Móvil o del Sitio Web.
    4. El Prestatario, mediante la aceptación del presente documento, autoriza expresamente a Moneyman para que, de haberse indicado y autorizado una tarjeta de débito durante el proceso de solicitud del préstamo, se proceda al cobro automático de dicha tarjeta en la fecha de vencimiento. Unos días antes de realizar este cargo le será notificado al interesado vía e-mail y SMS, recordándole el vencimiento del préstamo, con el fin de que éste se asegure de tener el suficiente saldo en cuenta para el reembolso. En ningún caso el Prestamista almacenará los datos de dicha tarjeta.
      Asimismo, el Prestatario, mediante la aceptación del presente documento, autoriza expresamente al Prestamista a que, con posterioridad a la Fecha de Vencimiento y hasta la fecha efectiva de cobro del Importe Total Adeudado, así como de cualesquiera sumas que conforme al Contrato correspondan, realice en las tarjetas de débito facilitadas por el Cliente a través del Servicio a Distancia/Remoto cuantas órdenes de adeudo resulten oportunas (pago recurrente), por el importe total o parcial de la cantidad total adeudada, hasta el cobro definitivo de la misma, comprensiva de capital, intereses ordinarios y de demora, así como de los gastos que, en su caso, se devenguen hasta la fecha efectiva de su cobro por el Prestamista.
    5. De no ser cargado el día del vencimiento, la devolución del Préstamo se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada del Prestamista mediante ingreso en efectivo, o utilizando tarjeta de débito bancaria, especificando la referencia del Préstamo que ha sido reembolsado. El servicio de pago a través de tarjeta bancaria puede procesarse a través de la entidad PaynoPain Financial Services, S.L., cuyo funcionamiento puede consultarse en la web y se anuncia en el momento previo a su uso de forma clara.
    6. El pago se considerará realizado una vez que figure como recibido en la cuenta bancaria del Prestamista.
    7. Si el Prestamista recibe un ingreso que no pueda identificar, tal ingreso no será considerado como efectivo hasta que se identifique.
    8. La falta de recepción de la información de la obligación de pago emitida por el Prestatario por cualquier motivo, no le exime de la obligación de pago en la fecha pactada. Si el Prestatario no ha recibido la factura o documento sustitutivo dentro de los dos (2) Días Hábiles siguientes al abono del Préstamo, tendrá la obligación de informar al Prestamista de este hecho.
    9. La remisión de las facturas o documentos sustitutivos, en su caso, será siempre acorde a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, siendo remitidas tan pronto como se expida.
    10. Prelación de pagos: Con la firma de las presentes condiciones generales de contratación, el Prestatario acepta y declara, al tiempo de hacer el pago, imputar cualquier cantidad recibida por el Prestamista, así como cuando el Cliente se encuentre en situación de mora ya sea de la obligación de pago del Préstamo, ya sea una vez finalizado Contrato, siguiendo el orden indicado a continuación:
      • Los intereses de demora que en su caso corresponda,
      • comisión por gestiones efectivas de recobro (“reclamación de impago”),
      • intereses ordinarios, y
      • reembolso del principal correspondiente
  12. Artículo.- Pronto pago (reembolso anticipado)

    1. – El Prestatario podrá liquidar el Préstamo anticipadamente total o parcialmente y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, las obligaciones derivadas del mismo, previo abono al Prestamista de los Intereses devengados (calculados el día en que se satisfagan las obligaciones), el importe del principal del Préstamo.
    2. – La liquidación se podrá realizar directamente a través del Área de Usuario de la Aplicación Móvil o del sitio web.
    3. – Cuando el Prestatario liquide de forma anticipada la totalidad de sus obligaciones, el Prestamista percibirá una compensación justa y justificada objetivamente por los costes directamente derivados del reembolso anticipado, que, de conformidad con lo establecido en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, no será superior al 0.5 por 100 del importe del Préstamo reembolsado anticipadamente.
    4. – Esta compensación no excederá del importe del interés que el Prestatario habría pagado durante el período de tiempo comprendido entre el reembolso anticipado y la fecha pactada de finalización del contrato de crédito
  13. Artículo.- Duración del Préstamo

    El Préstamo tendrá una duración de cinco (5) a treinta (30) días naturales, a contar desde la recepción por el Prestamista de la Decisión de Préstamo.

    La duración exacta, solicitada por el Prestatario, viene indicada en las cláusulas 4 y 5.9 de las Condiciones Particulares.

  14. Artículo.- Extensión del plazo del Préstamo

    1. El día del vencimiento del Préstamo, el Prestatario podrá, optar entre su devolución o contratar la extensión (“prórroga”) de su plazo desde su área de personal (“Mi Cuenta”). El cliente podrá permanecer en plazo de extensión por un máximo de ciento ochenta (180) días naturales a contar desde la fecha en la que el Préstamo otorgado al Prestatario hubiese vencido.
      La limitación del período de prórroga se indicará al cliente a lo largo de la relación contractual cuando éste contrate (sujeta a sus propias condiciones) esta opción, para recordarle el carácter a corto plazo del micropréstamo, en el que desde Moneyman insistimos.
      Le informamos que la contratación del servicio de extensión está sujeto a sus propios Términos y Condiciones de contratación.
    2. Los costes y condiciones de la extensión del plazo del Préstamo serán los que se establezcan en sus propias condiciones de contratación y se deduzcan del simulador de la Página Web y que son mostrados al Prestatario, así como la nueva fecha de vencimiento del préstamo, antes de la contratación de dicho servicio de extensión.
      Cuando el Prestatario solicite la extensión del plazo del Préstamo deberá abonar en la cuenta bancaria indicada por el Prestamista, el importe correspondiente a los honorarios de dicha extensión. Una vez finalizado el período de extensión, el Prestatario deberá abonar el importe del Préstamo solicitado en la cuenta bancaria del Prestamista.
  15. Artículo.- Prácticas de cobro

    1. En aquellos casos en los que el Prestatario no abonara la devolución del crédito en el plazo estipulado, el Préstamo pasará a ser gestionado por el Departamento de Cobros del Prestamista. El Prestamista lo comunicará al Prestatario llegado el momento a través de correo electrónico y/o SMS, así como mediante la realización de llamadas a los teléfonos que el Prestatario hubiera puesto a disposición del Prestamista en el momento de la contratación del Préstamo o en caso de no poder contactar por estos medios, a través de cualesquiera otros que estimara conveniente a fin de la correcta gestión del cobro.
    2. En caso de no producirse el pago en el término previsto para ello y cumplirse los requisitos previstos, con la aceptación de estas Condiciones Generales de Contratación, el Prestatario da su consentimiento previo e informado para la recepción de cuantas llamadas y comunicaciones automáticas sin intervención humana al/los teléfono/s facilitado/s sean necesarias y pertinentes hasta que se realice el efectivo pago de la deuda.
    3. Si en el plazo de treinta (30) días desde el vencimiento de la deuda adquirida, esta no hubiera sido satisfecha por el Prestatario, habiendo sido notificada previamente a éste, el Prestamista se reserva el derecho a comunicar los datos del Prestatario a ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito, concurriendo en todo caso los requisitos exigidos para la inclusión de datos.
  16. Artículo – Comisión de Apertura:

    El Prestamista podrá aplicar una comisión de apertura de máximo del 10% sobre el importe solicitado y que deberá ser abonada por el Prestatario en la fecha de vencimiento correspondiente junto con el capital dispuesto y los intereses devengados. En caso de aplicarse esta comisión, esta se detallará en la Información Normalizada Europea y en las condiciones particulares de contratación del préstamo.

  17. Artículo – Interés de demora y Comisión por reclamación de posiciones deudoras

    1. El impago, a su vencimiento, de cualquier cantidad dispuesta en virtud del Préstamo, así como de los intereses y, si procede, de los costes de procesamiento y de gestión, facultará al Prestamista para reclamar al Prestatario, además del importe impagado:
      1. Una penalización por mora del 1.30% diario a partir del primer día natural siguiente a la fecha de devolución del préstamo sobre el importe impagado durante un máximo de 150 días, y
      2. Una comisión por reclamación de posiciones deudoras (reclamación de impago) 30 €, a pagar una sola vez por impago y previa notificación, relativa a los costes incurridos por el Prestamista en el trámite de recaudación del impago y sus distintas fases:
        • FASE 1: gastos de comunicación y gestión del cobro de posiciones deudoras, por los cuales se informa al Prestatario de la existencia de una posición irregular para que pueda proceder a su regularización, para ello el Prestamista notificará la irregularidad mediante comunicación individualizada remitida por SMS, Email, llamada telefónica, correo postal.
        • FASE 2: En caso de persistir la irregularidad, continuación de la comunicación y gestión del cobro de la posición deudora para que pueda proceder a su regularización, así como de la posibilidad de reestructuración, gestión de llamadas por terceros proveedores de recobro.
        • FASE 3: Continuación de los procesos de recobro indicados en las fases 1 y 2, así como, comunicación vía correo electrónico, SMS y comunicación postal de la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito (ASNEF-EQUIFAX), de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 sobre sistemas de información crediticia de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
        • FASE 4: Continuación de los procesos de recobro indicados en las fases 1, 2 y 3, así como, del procedimiento de reclamación extrajudicial y judicial interna.
        • FASE 5: Continuación de los procesos de recobro indicados en las fases 1 a 4, así como, del procedimiento de reclamación extrajudicial y judicial por terceros proveedores.
      3. Todo ello, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito (ASNEF-Equifax), de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 relativo a los sistemas de información crediticia, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    2. Con la firma de las presentes condiciones generales de contratación, el Prestatario acepta y declara, al tiempo de hacer el pago, imputar cualquier cantidad que reciba el Prestamista, una vez vencido el Préstamo, en primer lugar, a los intereses de demora que en su caso corresponda, en segundo lugar, a los costes efectivos de recobro de la deuda, en tercer lugar, a los intereses aplicables y en último lugar al capital del Préstamo que constituye el objeto del contrato suscrito.
  18. Artículo.- Derecho de desistimiento

    1. El Prestatario tiene derecho a desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales contados a partir de la fecha en la que se suscribe el Préstamo, sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna.
    2. El desistimiento no exonerará al Prestatario de su obligación de reembolsar el capital prestado, así como de pagar los intereses devengados entre la fecha de disposición de la cantidad prestada y la fecha de reembolso de esta, sin ningún retraso indebido y a más tardar a los treinta (30) días naturales siguientes de haber enviado la notificación fehaciente de desistimiento al Prestamista.
    3. El reembolso se considerará efectivo una vez que el capital más los intereses devengados (calculados sobre la base del tipo deudor acordado) sobre dicho capital, desde la fecha de disposición del préstamo y la fecha de reembolso del capital, sean recibidos en la cuenta bancaria del Prestamista.
    4. El Prestatario puede ejercer este derecho libremente, enviando por escrito su voluntad expresa de desistir del contrato a la dirección de correo electrónico [email protected], indicando el contrato del que desea desistir, su número de DNI o NIE, y la y la fecha de emisión de la Decisión de Préstamo, a efectos solamente de la correcta identificación del cliente. Tiene a su disposición un formulario de desistimiento en la página web del Prestamista (https://www.moneyman.es/modelo-de-formulario-de-desistimiento/).
    5. El Prestatario consiente expresamente a que, una vez llegada la fecha de vencimiento y de pago y de que el proceso de ejecución del Préstamo (proceso de cobro) haya comenzado, o bien, el Préstamo haya sido completamente ejecutado, el derecho a desistir del Prestatario no podrá jercitarse.
  19. Artículo.- Protección de datos de carácter personal

    1. En cumplimiento a lo dispuesto en del Reglamento General de Protección de Datos y demás disposiciones aplicables, el Solicitante de Préstamo puede consultar la información relativa al tratamiento de sus datos personales en nuestra Política de Privacidad, a la que puede acceder a través de este enlace: https://www.moneyman.com.es/politica-de-privacidad/. Sin perjuicio de la información contenida en la Política de Privacidad, el Prestamista tratará los datos del Solicitante de Préstamo para las finalidades y otras particularidades indicadas en este apartado.
    2. Información básica:
      1. Responsable del tratamiento:
        • ID Finance Spain, S.A.U. (Moneyman),
        • Domicilio: Calle Tuset 5, 3º 08006 Barcelona
        • NIF A66487190.
        • Número de teléfono de contacto 900533827
      2. – Datos del Delegado de Protección de Datos: [email protected]
      3. Finalidades y legitimación del tratamiento: El Solicitante de Préstamo, independientemente de la Decisión de Préstamo, se declara informado de que el Prestamista tratará sus datos para las siguientes finalidades:
        1. Para recabar información relativa a sus antecedentes crediticios y posiciones de riesgo de entidades prestadoras de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito (en particular, del Servicio de Crédito de Asnef-Equifax), para el análisis y, en su caso, concesión, seguimiento y control de la financiación solicitada, así como para cumplir las obligaciones legales. El Prestatario queda informado que, en caso de impago en el término previsto para ello, y habiéndose cumplido los requisitos legales necesarios y comunicaciones pertinentes, sus Datos Personales podrán ser comunicados al Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, con domicilio en C/ Albasanz, 16, 28037, Madrid. La base jurídica de este tratamiento es la aplicación de medidas precontractuales, así como el mantenimiento de la relación contractual entre el Prestamista y el Prestatario. Asimismo, podemos tener un interés legítimo en tratar los datos del Solicitante de Préstamo, por ejemplo, con fines de prevención y control del fraude.
        2. Al tratamiento de sus datos de carácter personal y a su utilización para el control, gestión, mantenimiento y ejecución de la relación contractual y precontractual. Dicho tratamiento puede incluir la recepción de llamadas y comunicaciones automáticas, en los términos expresados en el apartado 15 de estas Condiciones Generales. Las principales bases jurídicas de este tratamiento es la aplicación de medidas precontractuales, así como el mantenimiento de la relación contractual entre el Prestamista y el Prestatario. Asimismo, salvo que concurra otra base jurídica aplicable, el consentimiento del Prestatario para la recepción de llamadas y comunicaciones automáticas.
        3. A tratar los datos para la realización de actividades y comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales mediante cualquier medio, ya sea tradicional, ya sea mediante el envío de correos electrónicos y de mensajes a través de cualquier sistema incluyendo SMS, MMS etc., por parte del Prestamista que incorporen información sobre productos y servicios comercializados por el Prestamista tales como promociones especiales – incluyendo programas de fidelización de clientes. En caso de comunicaciones comerciales electrónicas se solicitará el consentimiento expreso previo mediante la marcación de la correspondiente casilla en la Página Web.
        4. Para ceder, total o parcialmente a terceros, su posición contractual y/o los derechos de crédito, así como para otorgar en garantía los citados derechos de crédito, compartiendo los datos del Solicitante de Préstamo para el mejor fin los motivos descritos, en los términos establecidos en las presentes Condiciones Generales. La principal base jurídica de este tratamiento es la relación contractual entre el Prestamista y el Prestatario.
        5. Al acceso o cesión de datos de carácter personal para la mejora del servicio que ofrecemos, respetando en todo caso los preceptos legales en su almacenamiento y tratamiento, y según lo dispuesto en nuestra Política de Privacidad. Los colaboradores o partners de MoneyMan cuentan con nuestra total confianza, y desarrollan su actividad teniendo en cuenta la legislación relativa a protección de datos. Puedes consultar más información sobre nuestros colaboradores o partners, así como acerca de las bases jurídicas aplicables, en nuestra Política de Privacidad, o solicitar más información sobre los mismos en [email protected]
        6. Al tratamiento de sus datos de carácter personal para el cumplimiento de las obligaciones legales aplicables al Prestamista. La base que legitima este tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal establecida en la normativa vigente.
        7. Al tratamiento de sus datos de carácter personal para la gestión, mantenimiento y control de reclamaciones judiciales y extrajudiciales que se puedan interponer, en base al interés legítimo del Prestamista para el ejercicio de derechos o la defensa frente a reclamaciones.
      4. Información adicional: El Prestatario puede obtener más información sobre los tratamientos realizados y las decisiones automatizadas que podemos llevar a cabo y los plazos de conservación de sus datos personales en nuestra Política de Privacidad (https://www.moneyman.es/politica-de-privacidad/).
      5. Derechos de los interesados: Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, así como retirar su consentimiento en cualquier momento, ante el responsable del tratamiento IDFinance Spain, S.A.U., con NIF número A66487190, domiciliada en Barcelona, Calle Tuset 5, 3º 08006, o en la dirección de correo electrónico de nuestro Delegado de Protección de Datos [email protected], adjuntando fotocopia de su DNI o documento identificativo equivalente, cuando sea necesario para acreditar su identidad.
        Asimismo, puede ejercitar sus derechos a través del formulario específico indicado en la web de Moneyman “Ejercicio de Derechos de Protección de Datos (RGPD):
        https://support.moneyman.es/support/solutions/articles/101000546661-ejercicio-de-derechos-de-protecci%C3%B3n-de-datos-rgpd-
        Le informamos que puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) como autoridad de control competente en la materia, a la siguiente dirección C/ Jorge Juan, 6 – 28001, Madrid; o mediante el siguiente enlace https://sedeagpd.gob.es
    3. Para la utilización del sitio web es necesaria la utilización de cookies. Las cookies se utilizan con la finalidad de mejorar la experiencia de navegación, gestionar el contenido de las solicitudes de crédito y ofrecer consejos u ofertas personalizadas. Si el Prestatario lo desea puede configurar su navegador para ser avisado en pantalla de la recepción de cookies y para impedir la instalación de cookies en su disco duro. Se recomienda consultar las instrucciones y manuales del navegador para ampliar esta información. Puede consultar más información sobre las cookies y el uso que hacemos con ellas en nuestra Política de Cookies: https://www.moneyman.com.es/politica-de-cookies/.
  20. Artículo.- Otras disposiciones

    1. El Prestatario tiene el deber de informar al Prestamista de cualquier cambio que se produzca en la información suministrada en la Solicitud de Préstamo.
    2. El Prestamista tiene el derecho de ceder en su totalidad o en parte su posición contractual a un tercero que asuma los derechos del mismo, según lo establecido en el artículo 31 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. La cesión no supondrá en ningún caso la limitación de los derechos del Prestatario ni el aumento de sus obligaciones, a no ser que medie su consentimiento expreso. El Prestatario tendrá derecho a oponer contra el tercero las mismas excepciones y defensas que le hubieren correspondido contra el Prestamista, incluida la compensación.
    3. Por motivos de financiación interna del Prestamista, se informa al Prestatario que el Prestamista podrá, total o parcialmente, pignorar, ceder, transferir, sustituir, subrogar sus derechos y/u obligaciones bajo el Contrato de Préstamo y/o ceder la posición contractual a un Tercero, todo ello, sin necesidad de obtener el consentimiento previo del Cliente.
    4. – El Prestatario no podrá ceder su posición contractual, salvo consentimiento expreso por parte del Prestamista.
  21. Artículo.- Notificaciones

    Las notificaciones entre las Partes que deban realizarse como consecuencia de lo previsto en las presentes Condiciones Generales o del contrato de Préstamo se realizarán por escrito y serán válidas si se efectúan por correo certificado con acuse de recibo o e-mail en los domicilios mencionados a continuación para cada una de las Partes:

    Prestatario: la indicada en la Solicitud de Préstamo.

    Prestamista:

    Dirección: Calle Tuset 5, 3º 08006 Barcelona.
    E-mail: [email protected]

    El Prestatario acepta las comunicaciones comerciales a través de las redes sociales de las que sea usuario, siempre que los Términos y Condiciones de las mismas permitan este tipo de comunicaciones, para mayor agilidad y comodidad.

  22. Artículo.- Reclamaciones y Quejas

    1. La actividad del Prestamista no está sometida a la regulación y supervisión del Banco de España, sino que se encuentra sujeta a la supervisión de las autoridades competentes en materia de consumo, en particular, las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), las autoridades autonómicas de protección al consumidor y, a nivel estatal, la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
    2. Si bien, Moneyman no se encuentra adherido a ninguna junta arbitral de consumo, el Prestamista está adherida a la Asociación Española de Micropréstamos y contempla y suscribe su código de buenas prácticas, que puede ser consultado a través del siguiente enlace: https://www.aemip.es/codigo-de-buenas-practicas/
    3. En caso de controversias relativas a la contratación y publicidad online, protección de datos, protección de menores y accesibilidad, el usuario podrá acudir al sistema de resolución extrajudicial de controversias de AEMIP (https://www.aemip.es/agentesdelegados/), de Confianza Online (https://www.confianzaonline.es), juntas de consumo y mediación; así como a la plataforma europea de resolución de litigios en línea (ODR) (https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/index:cfm?event=main.home.show&Ing=ES).
    4. El Prestamista pone a disposición del Prestatario su número de Atención al Cliente 937227354 / 900533827, así como la dirección de correo electrónico [email protected] y se compromete a dar respuesta a la reclamación del Cliente en el menor tiempo posible. Su satisfacción es prioritaria para nosotros.
    5. En caso de controversias u otros asuntos relativos a reclamaciones de cuantía entre el Prestamista y el Cliente, este último podrá ponerse en contacto con el Servicio de “Out of Court” de forma electrónica a la dirección [email protected]
  23. Artículo.- Ley aplicable y jurisdicción

    1. – Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. En particular, este Contrato estará regido por las presentes Condiciones Generales, la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo, la Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre Comercialización a Distancia de Servicios Financieros Destinados a los Consumidores, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, así como el resto de la legislación que pueda resultarle aplicable.
    2. -Le informamos que Moneyman es un Prestamista no regulado y, por tanto, no está sometido a la regulación y supervisión del Banco de España.
    3. – Las Partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del Prestatario.
  24. Artículo.- Lengua

    Los contratos se ofrecen en castellano, a menos que el cliente solicite expresamente la versión en otra lengua oficial española, previa solicitud a Moneyman a través de la dirección [email protected]

  25. Artículo.- Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo

    1. – El Prestatario queda informado de las obligaciones legales exigibles al Prestamista en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo, concernientes a la identificación del Prestatario, actividades económicas, profesionales o empresariales, origen de fondos, así como de la exigencia de aplicar las medidas de diligencia debida establecidas en cada momento por la legislación vigente, entre otras las que guarden relación con el conocimiento y el seguimiento continuo de la relación de negocio.
      Consecuentemente, el Prestatario deberá suministrar, en tiempo y forma, toda la información y documentación, que en cada momento le pueda ser requerida por el Prestamista para el cumplimiento de las mencionadas obligaciones.
    2. – El Prestatario actúa en su propio nombre y derecho, reconociéndose, a todos los efectos, como el TITULAR REAL de su relación con el Prestamista. A estos efectos, adicionalmente, el Prestatario, con la firma del presente contrato, acepta expresamente asumir las siguientes obligaciones, autorizaciones y medidas derivadas de la aplicación de la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo:
      1. – El Prestatario autoriza al Prestamista para solicitar a cualquier entidad -bien sea pública o privada- información sobre la identidad o actividad desarrollada por el Prestatario;
      2. – El Prestatario deberá notificar, sin demora, a Prestamista, cualquier variación que se produzca en su identificación, así como las actividades económicas, profesionales o empresariales desarrolladas;
      3. – El Prestatario acepta que, en caso de no atender debidamente los requerimientos efectuados por el Prestatario para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o se aprecien riesgos relacionados con la normativa de referencia, el Prestatario podrá bloquear la operativa y resolver la relación contractual que vincula a las partes.
  26. Artículo.- Cláusula Anticorrupción y Compliance Penal

    El Prestatario declara la ausencia de conflictos de interés en la formalización del contrato, y se compromete a actuar de forma ética, evitando prácticas contrarias a las leyes anticorrupción y el Código Ético del Grupo ID FINANCE (al que pertenece el Prestamista).

    El Prestatario acuerda no ofrecer, recibir ni prometer pagos o regalos para establecer relaciones comerciales.

    El Prestatario se compromete a adoptar medidas adecuadas para prevenir delitos según la Ley Orgánica 5/2010 del Código Penal.

    El incumplimiento de esta cláusula puede llevar a la resolución del contrato.

  27. Artículo.- Canal de Comunicaciones

    El Grupo ID Finance (al que pertenece el Prestamista) ha habilitado un Canal
    de Comunicaciones para la recepción de notificaciones (consultas y
    denuncias) en materia de ética y de responsabilidad penal corporativa.

    Puede acceder al canal habilitado a través de las páginas web corporativas
    apartado Línea Ética: https://idfinance.integrityline.com/frontpage.